Descripción
Permite solicitar a la Dirección del Trabajo (DT) que certifique el cumplimiento de las observaciones a la constitución o reforma a los estatutos de organizaciones sindicales y asociaciones de sindicatos, una vez depositado dentro del plazo legal.
¿A quién va dirigido?
Conocer másOrganizaciones sindicales, y asociaciones de funcionarios y funcionarias que cumplan los siguientes requisitos:
- Haber depositado los estatutos corregidos.
- Haber depositado las actas y/o los certificados corregidos por el ministro o la ministra de fe que actúa en el proceso, si las observaciones se refieren a su actuar.
- Presentar el libro de registro de socios y socias para acreditar cumplimiento del quórum, en caso de los sindicatos constituidos al amparo del artículo 227, inciso segundo, del Código del Trabajo.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer másNo es necesario ningún documento.
¿Qué vigencia tiene?
Conocer másIndefinida.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo correspondiente al lugar de registro del sindicato.
- Explique el motivo de su visita: solicitar el certificado de cumplimiento de las observaciones a la reforma de los estatutos o la constitución.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado el certificado, cuya respuesta podrá obtener en un plazo de 48 horas desde que se verificó el cumplimiento de las observaciones.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.