Descripción
Permite solicitar una prórroga de admisión o salida temporal de pertenencias de turistas.
Si se trata de admisión temporal la prórroga es por hasta 90 días. Si se trata de salida temporal la prórroga es de hasta 180 días, a contar del vencimiento del plazo original.
¿A quién va dirigido?
Conocer másPersonas naturales.
¿Qué necesito para hacer el trámite?
Conocer más- Solicitud simple, presentada antes de la fecha de vencimiento de la admisión temporal.
- Prórroga de la tarjeta de turismo otorgada por la autoridad competente, en caso de una admisión temporal.
- Un ejemplar de la declaración de admisión o salida temporal de efectos de turista, según corresponda.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Conocer más- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Servicio Nacional de Aduanas que corresponda.
- Explique el motivo de su visita: solicitar prórroga de admisión o salida temporal de pertenencias de turistas.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la prórroga.
¿Cuál es el costo del trámite?
Conocer másNo tiene costo.